PRI denuncia simulación legislativa y pide eliminar la Ley de Ciberasedio en Puebla

PRI denuncia simulación legislativa y pide eliminar la Ley de Ciberasedio en Puebla

Tras la resolución federal que declaró inconstitucional el artículo 480, el PRI pide eliminar la Ley de Ciberasedio y acusa simulación y abusos en su aprobación
Por Aurelia Navarro 4 Diciembre, 2025

Puebla, Pue. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) pedirá ante el Congreso local que la Ley de Ciberasedio se derogue, porque desde el principio se alertó que su procedimiento era inconstitucional.

Pozos Vergara consideró que la bancada mayoritaria (Morena, y aliados PT–PVEM–FxM–PANAL) debe dejar de jugar con discursos políticos que solo engañan a los ciudadanos, incurriendo en una simulación con la realización de foros donde incluso se hizo una reforma al artículo 480.

"Simularon muchas cosas; desde un principio dije que se tenía que derogar ese artículo porque atentaba contra la libre expresión. Estaba mal, con términos subjetivos; se promovió el amparo, se declaró inconstitucional, eso nos deja claro que no se debe legislar por legislar. Aunque sean mayoría, no siempre tienen la razón; deben dejar de legislar por encargo", dijo la priista.

 

Artículo 480 fue declarado inconstitucional

Pozos Vergara recordó que Movimiento Ciudadano (MC) también fue cómplice de la aprobación errónea del artículo 480, aun cuando su voto en esa sesión fue en "abstención"; eso lo convierte en un partido que respaldó a la bancada mayoritaria.

El artículo 480 de la Ley de Ciberasedio, aprobado en junio de este año por la LXII Legislatura, fue declarado inconstitucional en favor de un particular; esto abre la posibilidad de que más personas puedan ampararse contra la aplicación de este mandato.

En julio, el abogado César Pineda Zárate promovió su inconformidad ante la llamada también “Ley Censura”, y este mes obtuvo un fallo a su favor por parte de un juez federal.

La decisión fue respaldada por el juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, Horacio Óscar Rosete, al señalar que las atenuantes son poco claras e imprecisas.

De acuerdo con el expediente con fecha del 25 de noviembre de 2025, se dictó que el artículo 480 no sea aplicado al quejoso César Pineda Zárate, ni en los términos de su primera aprobación ni en los del decreto publicado el 11 de julio de este mismo año en el Periódico Oficial del Estado (POE).

*BC

 

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