Presentó el PRI más atenuantes contra feminicidas en Puebla

Presentó el PRI más atenuantes contra feminicidas en Puebla

El Congreso local tendrá que determinar si para el estado de Puebla se amplían las causales del delito de feminicidio: Isabel Merlo
Por Aurelia Navarro 24 Febrero, 2022

Puebla, Pue. El Congreso local tendrá que determinar si para el estado de Puebla se amplían las causales del delito de feminicidio, con siete atenuantes más que presentó la diputada local por el PRI, Isabel Merlo Talavera, entre las que se incluyen a servidores públicos que se valgan de su cargo para cometer el crimen, y en conductores del transporte público, turismo u otro servicio que incurran en este mismo ilícito contra una mujer de cualquier edad. 

Si bien la legisladora priista evitó dar cifras sobre el nivel de feminicidios que se han cometido en este año en el estado de Puebla, colectivos han dado a conocer que a la fecha suman 7 feminicidios, aun cuando la FGE solo documenta dos.

Te puede interesar: Fiscal de Puebla tiene otros datos sobre feminicidios; “número de diputados son ajenos a la realidad”

No obstante, la priista, aclaró que la intención de presentar estas siete causales más, es para que las autoridades encargadas de castigar este delito, tengan mayores elementos para los órganos de investigación, de seguridad pública y de procuración de justicia, en especial para armas las carpetas de investigación y poder sancionar el feminicidio.

La priista reconoció que la entidad cuenta con una lista de causales que determinan si el asesinato de una mujer se considera o no feminicidio, por la cual dio lectura a otros siete motivos que se enlistan de la siguiente manera:

  1. Prive a una mujer en estado de gravidez.

  2. Cuando el sujeto activo abuse de su cargo público para la comisión del delito.

  3. El sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo, o que haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación.

  4. Cuando la víctima se haya encontrado en estado de indefensión –como desprotección real o incapacidad de defensa- por problemas de comunicación para pedir auxilio, por razón de distancia o porque exista impedimento físico o material para pedir ayuda.

  5. Cuando el homicidio se cometa para ocultar una violación o que se denuncie o sanciones dicho ilícito.

  6. Cuando haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar, o cualquier otra que implique superioridad o subordinación.

  7. Cuando el agresor se haya valido de su relación como conductor de vehículo de transporte de pasajeros o de turismo u otra modalidad para privar de la vida a una mujer.

Merlo Talavera aclaró que estas causales tuvieron origen en un trabajo que se hizo con un equipo técnico de mujeres y jóvenes prestadores de servicio social, donde se realizó una comparación de los Códigos Penales de las 32 entidades federativas.

Lee también: Para la SSPC las ejecuciones y feminicidios van a la baja en el país

La propuesta hecha como Grupo Parlamentario del PRI, consiste en adicionar diversas fracciones al artículo 338 del Código Penal de Puebla. Esta fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia. 

Precisó que algunas de las causales antes referidas ya están establecidas en los estados de Veracruz, Oaxaca, Nayarit, Colima, Chihuahua y Aguascalientes.

*BC *JR